Si usas inteligencia artificial en tu empresa, el 2 de agosto de 2026 activó una nueva fase del Reglamento de IA (AI Act). La duda que corre estos días es la de siempre: ¿esto me aplica ya o todavía no?
Respuesta corta: desde el 2 de agosto de 2026 te aplican las obligaciones de transparencia. Las obligaciones más duras, las de los sistemas de “alto riesgo”, se han aplazado. Ni te aplica todo de golpe, ni puedes dar por hecho que no tienes nada que hacer.
Te lo explicamos sin alarmismo y con lo que toca revisar en tu caso.
Qué cambió exactamente el 2 de agosto de 2026
El AI Act entró en vigor en agosto de 2024, pero se aplica por fases. La que arranca ahora es la de transparencia: cuando una persona interactúa con IA o consume contenido generado por IA, tiene que poder saberlo.
En la práctica, esto significa:
- Chatbots y asistentes conversacionales. Si tu web, tu tienda o tu producto usa un chatbot, el usuario debe saber que habla con una máquina, no con una persona (salvo que resulte evidente).
- Contenido generado con IA. Los sistemas de IA generativa deben marcar de forma técnica sus resultados —imágenes, audio, vídeo o texto— como generados o manipulados artificialmente.
- Deepfakes. El contenido que imita a personas reales debe identificarse como artificial.
- Reconocimiento de emociones y categorización biométrica. Si usas sistemas de este tipo, tienes que informar a las personas expuestas a ellos.
Lo importante: estas obligaciones no dependen de que seas una empresa “de tecnología”. Un e-commerce con un chatbot de atención al cliente y descripciones de producto hechas con IA ya está dentro. Una consultora que publica imágenes generadas, también.
No, las obligaciones de “alto riesgo” no llegan ahora
Aquí está el matiz que muchos titulares se saltan.
Los sistemas de IA clasificados como de alto riesgo —los que deciden sobre contratación, acceso al crédito, educación, biometría o infraestructuras críticas— son los que cargan con las obligaciones más exigentes: evaluación de conformidad, gestión de riesgos, calidad de los datos, supervisión humana, documentación técnica.
El paquete de simplificación europeo (conocido como AI Omnibus) ha aplazado ese bloque:
- Sistemas de alto riesgo del Anexo III (empleo, educación, biometría, servicios esenciales, migración, justicia): se aplican a partir del 2 de diciembre de 2027.
- IA integrada en productos regulados (por ejemplo, máquinas o juguetes): se aplica a partir del 2 de agosto de 2028.
Que esté aplazado no es una excusa para no hacer nada. Es tiempo para prepararte con margen, en lugar de descubrir el problema en la due diligence de tu ronda o en una auditoría de un cliente grande.
Lo que ya te aplicaba desde 2025 (y quizá no has hecho)
Antes de mirar al futuro, conviene mirar atrás. Dos obligaciones llevan en vigor desde febrero de 2025:
- Prácticas prohibidas. El AI Act veta ciertos usos de la IA (manipulación, puntuación social, categorización biométrica para deducir características protegidas, entre otros). Si alguno roza tu producto, no es negociable.
- Alfabetización en IA. Tu equipo debe tener una formación mínima y proporcional sobre el uso de la IA que maneja. No es un curso genérico: es formación documentada, adaptada a tu uso real, con evidencia de que se impartió.
Esta segunda pasa desapercibida en muchas pymes. Y el 2 de agosto de 2026 no solo trae transparencia: también consolida la capacidad de supervisión de las autoridades. En España, la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial) es quien inspecciona, requiere evidencias y, en su caso, sanciona.
Sobre las sanciones, para dimensionar sin dramatizar: el Reglamento prevé multas de hasta 35 M€ o el 7% de la facturación anual mundial por incurrir en prácticas prohibidas, y de hasta 15 M€ o el 3% por incumplir otras obligaciones. Para pymes se aplica el importe menor de las horquillas. El objetivo no es asustarte: es que el cálculo de “ya me arriesgaré” deje de salir barato.

¿Esto me aplica? Tres situaciones habituales
Vendes o gestionas online. Chatbot de soporte, generador de descripciones, imágenes de producto creadas con IA: te tocan las obligaciones de transparencia. Revisa qué generas con IA y cómo lo señalas.
Desarrollas un producto con IA. Si tu sistema genera contenido, debes marcarlo de forma técnica. Y aunque tu producto sea de alto riesgo y esas obligaciones estén aplazadas, diseñarlas desde el principio sale mejor y más barato que reconstruir el producto después.
Usas IA de terceros en tu empresa. Herramientas de selección de personal, atención al cliente o generación de contenido. Como responsable del despliegue, también tienes obligaciones propias, no solo tu proveedor. Empezando por informar cuando corresponda y por saber qué hace realmente la herramienta que has contratado.
Qué viene a partir de ahora
El calendario que conviene tener a la vista:
- Ahora (desde el 2 de agosto de 2026): obligaciones de transparencia plenamente aplicables y autoridades con capacidad de supervisión.
- 2 de diciembre de 2027: obligaciones para sistemas de alto riesgo del Anexo III.
- 2 de agosto de 2028: obligaciones para la IA integrada en productos regulados.
El AI Omnibus trae además otros cambios: una nueva prohibición expresa de la IA que genera contenido íntimo no consentido o material de abuso sexual de menores (las llamadas apps de “nudificación”), requisitos de documentación técnica simplificados para pymes, y más acceso a entornos de pruebas controlados para innovar con cobertura.
Una nota de prudencia jurídica: el aplazamiento de alto riesgo procede del paquete de simplificación europeo. Antes de tomar decisiones de cumplimiento de alto impacto, conviene reconfirmar las fechas contra los textos oficiales publicados.
Qué hacer hoy, sin sobredimensionarlo
No necesitas un proyecto de meses. Necesitas saber qué te aplica y en qué orden.
- Inventaría tu IA. Lista qué herramientas de IA usa tu empresa, incluidas las que instaló cada equipo por su cuenta. En una pyme suele haber más de las que dirección cree.
- Marca lo que generas. Revisa dónde produces contenido con IA y cómo lo identificas ante el usuario.
- Señala tus chatbots. Comprueba que quien interactúa con un asistente sabe que es IA.
- Cubre la alfabetización. Formación mínima y documentada para quien usa esas herramientas.
- Prioriza. Separa lo que es exigible hoy de lo que llega en 2027 o 2028, y actúa en ese orden.
En resumen
El AI Act no regula “la IA” en bloque: aplica obligaciones proporcionales al riesgo, y por fases. Desde el 2 de agosto de 2026 lo que te toca es transparencia. El alto riesgo llega después. Y hay deberes de 2025 que muchas empresas aún tienen pendientes.
Cumplir esto es abordable con el plan adecuado. La clave es saber, en tu caso concreto, qué te aplica y qué priorizar, sin frenar tu proyecto.
Si usas IA y no tienes claro dónde estás, un diagnóstico a precio cerrado te lo aclara: qué te exige la norma hoy, qué llega después y por dónde empezar. Hablamos.
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Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico para un caso concreto.